El Registro de personas naturales, personas jurídicas y organizaciones de hecho, en el Registro Nacional de voluntarios del Perú, está respaldado por los siguientes considerandos de la base legal existente:
Ley N° 28238 - Ley General del Voluntariado :
• El Art. 3.- Especifica: “Créase el Registro de Voluntarios , adscrito al Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social (encargado a INABIF por D.S. N° 011-2004-MIMDES), donde, por el sólo mérito de su inscripción, las personas jurídicas o personas naturales que independientemente desarrollen las actividades a que se refiere el artículo anterior, serán reconocidos
➢ Requisitos para la inscripción en el registro nacional de voluntariado
* Personas Naturales:
Para su registro, las personas naturales, presentarán una solicitud a INABIF, pidiendo su inscripción en el Registro Nacional de Voluntarios del Perú, adjuntando los siguientes documentos:
1. Fotocopia de DNI.
2. Fotocopia de pasaporte y carné de extranjería (extranjeros).
3. Declaración jurada simple de no tener antecedentes penales ni policiales.
4. Una fotografía de frente, tamaño carné.
5. Llenar una ficha de registro.(otorgada por el Inabif)
6. Declaración jurada simple o copia de recibo de un servicio público para identificar la dirección.
*Otros documentos de acuerdo a exigencia de la institución, dependiendo de la actividad que desempeñará en el servicio.
*Personas Jurídicas:
Para el registro de personas jurídicas, solicitarán al INABIF su inscripción en el Registro Nacional de Voluntarios del Perú, como ORGANIZACIÓN EJECUTORA DEL VOLUNTARIADO, adjuntando los siguientes documentos:
1. Copia simple de escritura pública de constitución
2. Copia actualizada de la Partida Electrónica o Ficha Registral.
3. Fotocopia del DNI o documento de identidad del representante legal.
4. Llenar una ficha de registro. (entregada por el Inabif)
* Personas Jurídicas:
Para el registro de personas jurídicas, solicitarán al INABIF su inscripción en el Registro Nacional de Voluntarios del Perú, como ORGANIZACIÓN EJECUTORA DEL VOLUNTARIADO, adjuntando los siguientes documentos:
1. Copia simple de escritura pública de constitución.
2. Copia actualizada de la Partida Electrónica o Ficha Registral.
3. Fotocopia del DNI o documento de identidad del representante legal.
4. Llenar una ficha de registro. (entregada por el Inabif)